MULTAS DGT
Nueva multa de la DGT: Los ambientadores del coche pueden ser un gran problema
No puedes tener ningún ambientador de este tipo
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Nueva multa de la DGT: Los ambientadores del coche pueden ser un gran problema / EP
La Dirección General de Tráfico (DGT), constantemente, manda alertas con el objetivo de tener vigilancia y control de cara a los conductores españoles. Y es que, cada vez se implementan más multas y hay muchas que no son conocidas por algunos conductores, por lo que, tienen más posibilidad de ser multados al no estar al tanto de las reglas.
Los cambios en la Ley de Tráfico han introducido sanciones que muchos desconocen y por objetos que no llegaríamos a imaginar, como los ambientadores del coche.
El pasado año entró en vigor la actual Ley de Tráfico, que contempla una serie de modificaciones como nuevas sanciones y modificación en límites de velocidad. La Dirección General de Tráfico se ha puesto especialmente dura con el uso de teléfonos móviles al volante entre otras cosas. Sin embargo, entre tantos cambios existen sanciones que muchos han pasado por alto y que requieren especial atención, y es que podrían sancionarte por llevar el ambientador del coche colgado en el retrovisor del coche, algo que muchos conductores hacen.
Se trata de una infracción en vigor y por la que Tráfico ya impone multas. Tal y como dicta la Ley, no podremos llevar ningún objeto, pegatina, o similar que impida la visibilidad del conductor.
El propio agente de tráfico será el encargado de evaluar si el ambientador y objeto colocado en el retrovisor puede ser suficientemente voluminosos como para ser sancionado. Lógicamente, quedan exentos las pegatinas obligatorias para la circulación, como son la de la ITV y la del distintivo ambiental.
Algunos pueden pensar que se trata de una sanción menor, pero no es ninguna broma. Si se decide aplicar la sanción, el coste de la multa es de 200 euros.
Otras sanciones
Los cambios en la Ley de Tráfico se podrían resumir en un endurecimiento notable de las multas y las consecuencias de no cumplir la normativa. Coger el móvil, por ejemplo, puede suponer la pérdida de 6 puntos frente a los 3 de la ley anterior. Además, no es necesario estar utilizándolo, solo con tenerlo en la mano ya supone multa.
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