Tribunales

Devolver el 10% de lo robado no es atenuante: confirman seis años de cárcel para las ladronas del embajador de Ucrania

El Supremo considera que los 30.000 euros devueltos antes del juicio de los cerca de 300.000 robados suponen un retorno "muy parcial" que no debe ser considerado como atenuante para reducir la pena

El embajador de Ucrania en España, Serhii Pohoreltsev, en una imagen de archivo.

El embajador de Ucrania en España, Serhii Pohoreltsev, en una imagen de archivo. / EFE

Roberto Bécares

Las tres mujeres que asaltaron el 29 de abril de 2022 la vivienda en Madrid del embajador de Ucrania en España, Serhii Pohoreltsev, deberán cumplir seis años de prisión cada una por un delito continuado con fuerza en casa habitada. Así lo ha determinado el Tribunal Supremo en una sentencia que desestima los recursos de las tres procesadas al auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que había aumentado la pena inicial de cuatro a seis años tras el recurso presentado por el embajador. 

La sentencia, contra la que no cabe recurso, pone punto y final al desagradable incidente vivido por el mayor representante ucraniano en España en su propia vivienda, situada en una zona de alto valor adquisitivo de la capital. Un robo que, además, tuvo lugar solo dos meses después de la invasión de Rusia a su país.  

Las ladronas, Naomi S., Patricia J. y Kimberley J., de nacionalidad croata, entraron en casa de Pohoreltsev por el método del 'resbalón' a primera hora de la tarde del citado día 29 de abril, sustrayendo bolsos de marca, relojes y ropa de lujo, además de llevarse la caja fuerte, en cuyo interior había 111.500 euros, 30.000 dólares y 4.600 grivnas.

Casa vacía

Según relató el propio embajador en el juicio, él había salido a las ocho de la mañana de su residencia, dejando allí a su suegro, que vivía temporalmente en la casa. A las cuatro de la tarde, sin embargo, el embajador quedó con él para desplazarse a la zona de la Puerta del Sol a realizar unas compras.

Las ladronas, tal y como quedó demostrado en el juicio, aprovecharon esa circunstancia y que no había portero en el edificio para allanar la vivienda, en la que tampoco se encontraba personal de limpieza, ya que esa ocupación la realizan los trabajadores de la embajada.

Así, sobre las 16.10 de la tarde, las ladronas usaron el método del 'resbalón' para abrir la puerta del portal, forzando la cerradura con un objeto plano y rígido, tal y como recogieron las cámaras de seguridad del portal. 

Una vez dentro de la casa, sustrajeron joyas, objetos de valor y la caja fuerte que había en el interior del armario. A la salida del inmueble, una de ellas se puso por delante, portando un bolso grande de cuero marrón y, algo más distanciadas, las otras dos acusadas, llevando entre ambas un objeto muy voluminoso envuelto en una sábana, que “portaban con gran dificultad” al tratarse de la caja fuerte, según explicó el embajador en el juicio. Tras salir a la calle, esperaron a que la tercera compinche, que había salido antes, llegara a un cruce cercano con el vehículo que usarían para emprender la fuga, un Fiat Panda alquilado pocos días antes.

Entre los objetos robados se encontraban, entre otros objetos, un reloj Chopard, cinturones de cuero de la marca Hermes, bolsos Dior, Bottega Veneta, Bulgari o Yves Saint Laurent, unas zapatillas de deporte Gucci y unos zapatos de la marca Louboutin.

Detención

Pocos días después del robo, el 9 de mayo, una unidad de Policía Nacional, dentro de un operativo especial para tratar de encontrar a las ladronas, localizó el Fiat Panda usado durante el primer asalto aparcado en la calle Doctor Fleming de la capital, consiguiendo atrapar a las ladronas cuando estaban perpetrando otro robo del que se habían llevado multitud de joyas, valoradas en total en casi 18.000 euros. 

Aunque fueron condenadas en un primer término por la Audiencia Provincial a cuatro años de cárcel, el TSJM elevó la pena a seis, como solicitaba el embajador, que pidió revisar la circunstancia atenuante de reparación de daño que había tenido en cuenta la primera condena en favor de las condenados.  

Los magistrados del TSJM, sin embargom consideraron que la cantidad de 30.000 euros (10.000 cada una de ellas) que las acusadas ingresaron antes del juicio en concepto de responsabilidad civil se alejaba “en exceso del total" que se reclamaba tal y como solicitaba la acusación particular y la Fiscalía. 

"Retorno muy parcial"

Ahora el Supremo ha ratificado la sentencia del TSJM, subrayando que la aportación que realizan “no puede comportar la minoración del reproche punitivo que se pretende”. “El pago carece de fundamento atenuatorio dado que supone un retorno muy parcial del importe robado y puesto que únicamente responde a la aspiración de afrontar su actividad delictiva con un menor reproche penal del legalmente previsto, pero manteniendo los importantes rendimientos de los delitos que se sancionan”, señala el auto del Supremo. 

“En el primero de los asaltos enjuiciados se hicieron con un botín cercano a los 300.000 euros, habiendo continuado su actividad delictiva para la obtención de mayores ganancias [...] Las acusadas fueron detenidas una semana después de perpetrados los hechos y, sin haber tenido posibilidad material de gastar en su provecho lo sustraído, sólo devolvieron un 10% de lo sustraído inmediatamente antes del juicio eludiendo facilitar cualquier información sobre el destino de los efectos o su paradero, tal y como subraya la sentencia de apelación impugnada”, concluye el Supremo.