alerta por altas temperaturas

Casi toda Extremadura está en riesgo extremo de incendios

Las personas titulares de lugares especialmente habilitados para hogueras y barbacoas deberán señalizar su prohibición, inhabilitarlas o precintarlas

Efectivos del Plan Infoex, en una de las jornadas del incendio de mayo en Gata y Hurdes.

Efectivos del Plan Infoex, en una de las jornadas del incendio de mayo en Gata y Hurdes. / PLAN INFOEX

Efe

El riesgo de incendios forestales en Extremadura se ha intensificado de forma notable en las últimas horas, de tal manera que durante la jornada de este lunes, 7 de agosto, prácticamente toda la región se encuentra en riesgo extremo.

Así consta en el mapa diario de peligro que elabora la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), en el que, por lo que respecta a Extremadura, domina el color rojo (riesgo extremo).

En el mismo también puede apreciarse que solo algunas zonas de las comarcas cacereñas de Trasierra, Trujillo y Guadalupe, y la zona de Don Benito aparecen en color naranja, que avisa de un riesgo muy alto de incendios forestales.

Esta situación se mantendrá prácticamente invariable al menos hasta el próximo domingo, 13 de agosto, en coincidencia con la tercera ola de calor que afecta al territorio extremeño.

La Consejería de Agricultura estableció el pasado 1 de junio la época de peligro alto de incendios forestales del Plan Infoex, que permanecerá en vigor hasta el 15 de octubre.

Se entiende por época de peligro alto, aquella en que por las condiciones meteorológicas, se incrementa el riesgo de inicio y propagación de incendios, lo que aconseja un despliegue total de los medios existentes para sofocarlo y una regulación de los usos y actividades que puedan elevar dicho riesgo o que puedan provocar el fuego.

El ámbito de aplicación de la orden se extiende a todos los terrenos forestales, así como a la zona de influencia de 400 metros de éstos.

No obstante, las prohibiciones y limitaciones al uso del fuego y actividades que puedan causar incendios, se aplicarán además al resto de los terrenos, incluidos los agrícolas, urbanos e industriales, en espacios abiertos y semiabiertos.

Con carácter general queda prohibido encender fuego y arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio forestal y no se podrán encender hogueras, barbacoas o similares con emisión de humo y pavesas en espacios abiertos o semiabiertos, en campo o en zona de influencia forestal.

Las personas titulares de lugares especialmente habilitados para hogueras y barbacoas en zonas recreativas o de acampada y otras deberán señalizar su prohibición, inhabilitarlas o precintarlas.

En relación a las quemas agrícolas, con carácter general no está permitida la quema de residuos vegetales, únicamente y con carácter excepcional podrá autorizarse en zonas regables siempre que cuente con la correspondiente autorización individualizada del organismo competente de Sanidad Vegetal que la permita, por razones de carácter fitosanitario.

Para la actividad de las carboneras es necesario solicitar autorización, al igual que para el lanzamiento de cohetes, fuegos artificiales, globos o artefactos análogos que en este caso se requerirán al órgano competente municipal y se tendrán que adoptar las medidas de prevención preceptivas.

Por otra parte, las actividades con uso de maquinaria que impliquen riesgo están sometidas a declaración responsable, así se deberán tramitar con una antelación mínima de 15 días previos.

Se refiere a los trabajos con corte de metal con radial o amoladora, soldaduras, motosierras y desbrozadoras de cuchilla, grupos electrógenos, bombas, motores, máquinas percutoras, desbrozadoras de cadenas, martillos y cuchillas, tractores con cuchillas, orugas metálicas o maquinaria con cadenas, astilladoras, procesadoras para extracción de madera, cosechadoras, segadoras, empacadoras y tractores agrícolas.

Cuando las declaraciones se tramiten telemáticamente el plazo para solicitarlas se reduce a 5 días de antelación a la actividad a realizar.

Para realizar sondeos, perforaciones, hornos, calderas y otras actuaciones que provocan columnas de polvo o humo se necesita una comunicación previa, evitando así la movilización inmediata de efectivos de extinción por falsa alarma.