El despido del conductor del servicio de autobuses urbanos de la ciudad L. M. G. D. fue "procedente". Así lo ha resuelto, por dos veces, la Justicia, declarando probado que dicho trabajador de la empresa Busursa manipuló diversas ventas de billetes para quedarse con sus importes.

Al citado conductor, que venía trabajando para la empresa concesionaria del servicio de autobuses urbanos de la ciudad desde el mes de octubre del año 2000, se le comunicó su "despido disciplinario" el 26 de marzo del año pasado, pero él, en desacuerdo, acudió a la Justicia.

Ya en septiembre pasado el Juzgado de lo Social número 2 de Cáceres desestimó su demanda y declaró "la procedencia del despido, convalidándose así la extinción del contrato de trabajo" con Busursa, sentencia que L. M. G. también recurrió ante instancias superiores. En este caso, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJEx) ha vuelto ahora a desestimar su recurso, confirmando la sentencia judicial y, por tanto, la procedencia de su despido.

La empresa procedió a despedir a esta conductor tras confirmar, a través de un inspector, que en muy diferentes ocasiones L. M. G. falseaba la venta de billetes con el fin de que los importes indebidamente cobrados no aparecieran en las liquidaciones y así quedarse con el dinero.

En su sentencia la Sala de lo Social del TSJEx hace constar que, aunque sea cierto, como alega el trabajador despedido, que no se ha declarado expresamente probado que se haya causado un perjuicio patrimonial a la empresa --no se ha determinado con cuánto dinero de la falsa venta de billetes pudo quedarse--, "está implícito", ya que la empresa "ya sufría un perjuicio al dejar de ingresar el importe del billete vendido o indebidamente manipulado".

De todas formas, se añade, "la falta de que estamos tratando se entiende cometida aunque no se acredite la existencia de lucro personal, ni haber causado daños a la empresa pues, con independencia de la mayor o menor cuantía de lo defraudado, basta para ello el quebrantamiento de los deberes de fidelidad y lealtad implícitos en toda relación laboral".