EL TRIBUNAL HA ADMITIDO A TRÁMITE UN RECURSO DE EXTREMADURA

Lucha en el Supremo contra el límite de la deducción por guarderías

Hacienda devuelve a las madres un máximo de 1.000 € pero solo si el centro tiene autorización autonómica, lo que impide su acceso a muchas. Una extremeña ha creado una asociación para pelearlo en los tribunales. Defiende que es «discriminatorio» porque para abrirlas solo se necesita permiso municipal. Asesora a mamás de todo el país

La presidenta de la asociación, Elena Manzano, posa en la guardería a la que lleva a sus hijos, en Cáceres.

La presidenta de la asociación, Elena Manzano, posa en la guardería a la que lleva a sus hijos, en Cáceres. / LORENZO CORDERO

Fue en enero del 2019, cuando se disponía a cumplimentar la documentación que exige presentar la Agencia Tributaria a las guarderías para que figuren en la deducción por maternidad, cuando se percató de que la suya no tenía derecho a esa bonificación. La cacereña Elena Manzano, profesora titular de Derecho Tributario y Financiero de la Universidad de Extremadura (Uex), que además es concejala en el ayuntamiento de esa localidad, era entonces presidenta de la guardería de la Uex en Cáceres, una cooperativa donde llevaba a sus hijos. El documento le pedía rellenar un código que ella desconocía, así que llamó a Hacienda. Le informaron de que el dato lo tenía que proporcionar la Junta de Extremadura, una vez que autorizaba a estos centros para poder deducirse esa cantidad. No lo entendió.

«Nosotros teníamos autorización municipal pero no autonómica porque a las guarderías no se les exige estar en ningún registro autonómico ni ninguna autorización autonómica, pero me insistieron en que esta bonificación solo se la van a poder aplicar madres que lleven a sus hijos a guarderías o a centros de educación infantil autorizados», explica. Fue entonces cuando emprendió una lucha que acaba de llegar al Tribunal Supremo.

Para limitar esta bonificación la Agencia Tributaria lo justifica en un reglamento que se aprobó meses después de que se modificara la ley de renta en junio del 2018, que fue cuando se incluyeron los gastos de guarderías dentro de la deducción por maternidad. En el mismo se exige que, para poder aplicársela, es necesario que la guardería o centro infantil al que los padres lleven a sus hijos tenga autorización regional, ya que consideran estos gastos como educativos.

El problema es que estos centros solo requieren permisos municipales para funcionar y hay muchas comunidades autónomas en las que ni si quiera existe un registro autonómico. Esto está provocando una discriminación entre los propios centros, ya que los padres optan por llevar a sus hijos a los que sí les permiten aplicarse la bonificación. El resto se quedan vacíos. En el caso de Extremadura, solo cuentan con este permiso las de la Junta de Extremadura y las de los centros concertados, ya que para conseguir la autorización se exige una extensión determinada de las aulas, número de profesores, … Algo parecido a un colegio, pero no lo son. «Son guarderías, no centros de educación. ¿Cómo educas a un bebé de cuatro meses?», recrimina.

«Nadie puede aplicárselo»

Esto se traduce, dice Manzano, en que «prácticamente ninguna de las madres de todas las comunidades autónomas puede aplicarse esto». Por eso decidió pasar a la acción. Así constituyó la Asociación de afectadas por la deducción de gastos en guarderías en el IRPF, desde la que asesora a madres de todo el país (asociaciongastosguarderias@gmail.com), y desde la que comenzó una campaña de impugnaciones a las liquidaciones, hasta que el tema entró en los tribunales. Para ello cuenta con la ayuda de los abogados cacereños María Benito y Antonio Jiménez.

En el plano administrativo, en Extremadura el Tribunal Económico Administrativo Regional le denegó la deducción. Recurrió al Tribunal Económico Central. Y lo mismo. Hasta que llegó al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), que tampoco le dio la razón. «Dice que la finalidad de la medida es educativa y que, por tanto, se puede exigir, mediante el reglamento, una licencia de la administración educativa competente, pero la sentencia no está prácticamente fundamentada», apunta Manzano.

«Anula totalmente la conciliación, si es para conciliar tiene que poder bonificarse en todos los centros»

Los mismos pasos dio en Asturias, donde también se la denegaron. Y en Cantabria. En este último caso fueron varias las progenitoras y guarderías que se pusieron en contacto con ella porque allí ninguna madre puede aplicarse la deducción al no existir ese registro autonómico. Sin embargo, en esta comunidad el tribunal económico les dio razón, aunque lo revocó después el Tribunal Económico Administrativo Central. Recurrieron al TSJ de Cantabria y este vuelve a fallar a favor de sus argumentos. Ya hay varias sentencias. «Dice que el reglamento se excede y que hay que entender que la medida es conciliadora», explica. Están pendientes de resoluciones en Baleares y en Madrid.

Contra el fallo del TSJEX presentó recurso de casación al Tribunal Supremo, que acaba de admitir a trámite la alegación. «Esto es muy difícil, que admitan el interés casacional es muy complicado, lo que dice es que tiene interés saber finalmente si la ley de renta exige una autorización de la administración educativa (como dice el TSJEX) competente o si puede aplicarse a cualquier guardería o centro de educación infantil (como ha fallado Cantabria)». A su vez, el Estado ha recurrido también las sentencias cántabras, que daban la razón a las madres. Lo que hará ahora el Supremo será unificar criterios. Se espera que el proceso dure al menos un año y medio.

Aconseja reclamarlo

Su consejo a todas las guarderías es que presenten el modelo a la Agencia Tributaria, aunque no estén autorizadas, porque la ley lo permite. Y recomienda a las madres que pidan la bonificación de estos gastos, sobre todo a las que no pudieron deducirse esa cantidad en 2018, porque en 2023 prescribe. Pero eso sí, que no lo incluyan en la declaración (a algunas les sale por defecto aunque la guardería no esté autorizada, así que deben quitarla), sino que después la rectifiquen, para evitar sanciones. «Hubo muchas madres que introdujeron el gasto en su declaración, la Agencia Tributaria se lo denegó y las sancionó con un 50% de la cantidad dejada de ingresar o del beneficio obtenido (500 euros)», añade. Luego los tribunales económicos regionales no les han cobrado esa sanción: «Están indignados porque tienen que aplicar algo en lo que no creen y esto es así porque no están permitiendo que sancionen», argumenta.

Para Manzano esta limitación «anula totalmente la conciliación. Hay que tener muy claro que esta medida es de género. La deducción por maternidad son 1.200 euros para madres que trabajen, más los 1.000 euros por gastos en guardería, por eso ahora no nos pueden decir que ese dinero es educativo porque, si fuera educativa, por qué no se lo aplican los padres. Nuestra línea argumental es que, si es conciliación, tiene que ser cualquier centro», insiste.

«¿Qué pasa en municipios donde no hay guarderías públicas?, ¿en Canarias, donde las guarderías no tienen licencias autonómicas?, ¿qué pasa si vivo en un pueblo y tengo que contratar a alguien porque no tengo ese servicio?, ¿si la guardería pública tiene horario de ocho a tres y trabajo todas las tardes?, ¿esas madres no pueden conciliar?», protesta. «Si nos creemos de verdad la igualdad y la conciliación -incide- vamos a hacerlo bien. Lo que no se puede hacer es crear un beneficio fiscal y luego limitar sus efectos porque el dinero que se va a tener que desembolsar es tal que quiero restringirlo».

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