JUZGADO DE LO CONTENCIOSO NÚMERO 2

La justicia dictamina que la Torre de los Pozos de Cáceres no es privada

Dos hermanos, que aseguraban ser los propietarios de la torre de los Pozos y la denominada plaza de Armas del Baluarte de los Pozos, interpusieron una demanda

Los demandantes recurrieron la decisión que tomó el pleno del Ayuntamiento de Cáceres, en el que se daba de alta y se inscribía en el Inventario de Bienes Municipales el tramo en cuestión

Baluarte de los Pozos de Cáceres.

Baluarte de los Pozos de Cáceres. / EL PERIÓDICO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de Cáceres ha desestimado la demanda interpuesta por dos hermanos que aseguraban ser los propietarios de la Torre de los Pozos y la denominada Plaza de Armas del Baluarte de los Pozos, uno de los reclamos turísticos del casco histórico cacereño, ya que «se trata de elementos de naturaleza demanial», según la sentencia. 

La sentencia establece que «las murallas, fortalezas y demás obras de defensa del territorio se definen como bienes de dominio público, por lo que no pierden su naturaleza demanial como bienes de uso público local, al amparo de esos artículos»

Bienes de dominio público

De hecho, el Código Civil, según el edil de Urbanismo en funciones, José Ramón Bello, «establece que las murallas, fortalezas y demás obras de defensa del territorio se definen como bienes de dominio público, por lo que no pierden su naturaleza demanial como bienes de uso público local, al amparo de esos artículos».

Los hermanos ya advirtieron al consistorio hace un año que eran los titulares de este bien del lienzo y el juzgado admitió a trámite esa demanda, el pasado otoño, donde aseguraban que el registro de la propiedad confirmaría que la Torre de los Pozos es de los hermanos demandantes y que el consistorio habría efectuado una alteración catastral que el recurso judicial ha paralizado.

En concreto, los demandantes recurrieron la decisión que tomó el pleno del Ayuntamiento de Cáceres el 19 de mayo de 2022 en el que se daba de alta y se inscribía en el Inventario de Bienes Municipales el tramo número 9 de la muralla donde se haya ubicado.

Bello ha señalado que «desde que comenzaron los trabajos de restauración y recuperación del lienzo de San Marquino, ya se había elaborado un dossier informativo con importante información tanto histórica como arqueológica en el que se demostraba que lo que en su día fue la Plaza de Armas de la fortaleza, hoy conllevaba todo un conjunto defensivo».

Conjunto patrimonial

Un conjunto que se define por el cubo del Olivar de la Judería, la Torre del Gitano también conocida como torre de los Pozos con el espigón, la Torre de los Aljibes con su espigón, lienzos de muralla y la plaza de Armas que fue rellenada con los restos procedentes de la construcción de la iglesia de San Francisco Javier. «Unas construcciones que datan del siglo XII y que cuentan con un extraordinario estado de conservación».

Ahora, la sentencia establece «que la propia descripción por parte de los ciudadanos de ese espacio como jardín y por parte de la administración como plaza de Armas, pone de manifiesto este indicio de naturaleza pública como un elemento sirviente de la muralla, porque al norte linda con el espigón de la Torre del Gitano, al sur con un lienzo perpendicular a la muralla que sirve para conectar la torre de los Aljibes, y al este con el lienzo paralelo a la muralla que conecta la Torre de los Aljibes con la del Gitano».

Todo ello «quedaba debidamente explicado y defendido en la documentación histórica y planimétrica que se acompañaba por parte del Ayuntamiento», asegura el edil en funciones, por lo que el juez ha decretado que «existen indicios suficientes y razonables de carácter físico y jurídico que avalan la legalidad de la resolución que nos llevó a inventariar estos bienes como patrimonio municipal».