Extremadura desde el Foro

De cálculos, jaques y la decisión del Rey

El traje que puede vestir Felipe VI, el artículo 99 de la Constitución, es más bien estrecho

Alberto Hernández Lopo

Alberto Hernández Lopo

Comencemos por un aspecto fácilmente definible: el papel constitucional del Rey en el proceso de investidura se acota a un doble “encargo”, sancionador y formal. Si seguimos la literalidad del texto constitucional, el monarca tiene manos libres para proponer al candidato que crea conveniente. De acuerdo.Es sólo una “apariencia”, una suerte de tramitaciónforzosa.Toda opción que implique una mínima brechaen la neutralidad institucional del Jefe del Estado sometería a estrésa la institución.Carnaza para una monarquía que cuenta con fieros opositores.

Sería impensable que el Rey jugará un rol político en el proceso. Es un trabajo en el que el perfil del monarca es representativo; diría más, incluso simbólico. Cualquier injerencia rompería el equilibrio constitucional. De hecho, la mención a la costumbre en el comunicado de la Casa del Rey que abre la posible investidura de Alberto Núñez Feijoóni es azarosa ni es baladí. Algunos parecen olvidar que, en nuestro ordenamiento, es fuente del derecho.

Ocurre que el traje que puede vestir el Rey, el artículo 99 de nuestra constitución, es más bien estrecho. Los llamados padres de la Construcción eran, no cabe duda, mentes privilegiadas. Lo que no obliga a que su capacidad visionaria llegara hasta la coyuntura política de décadas después. El diseño del proceso respondía a una perspectiva bipartidista, no a la multiplicada actual, que genera una obligación pactista que antes era, a lo sumo, reducida.

La norma se promulga, pero la costumbre se ‘vive’: el monarca está realmente obligado a refrendar lo que sale de las urnas. Su margen de maniobra es más bien escaso y se circunscribe a un diálogo abierto con los partidos. Si nadie expresa su interés y demuestra una fuerza legítima para la investidura, el Rey no puede actuar contra su voluntad. Es tan angosta la vía a transitar que, de facto, el precepto constitucional ni siquiera prevé una posibilidad que desanudaría parte de la labor real en el proceso y permitiría dejar su decisión alejada de cálculos partidista: la opción de no proponer candidato. Pero vaya usted a empezar, ahora, un proceso de renovación constitucional.

Así, se reguló ‘unamise en scéne’ en el que nuestro monarca cuidaba de la soberanía popular en una ronda que sirva para proponer un candidato a la presidencia del gobierno. El Rey se desempeña como espectador cuasi pasivo y con una reactiva ‘labor de arbitraje’: propondrá según le den a entender que existen acuerdos para el éxito en el Congreso. Por tanto, empezando por aquel que abre el juego (por la fuerza de los escaños), si alguien llegara con la investidura sellada, final de la partida. 

Feijoó juega aquí a la desesperada, empeñado en un contraataque porque tiene la mano (ganó las elecciones), pero sabe que el contrario espera con todas sus defensas preparadas. Sánchez no tiene ninguna prisa y, ténganlo claro, no es dado a mostrar su jugada de antemano. De ahí la calculada indiferencia ante la decisión del Rey. Una investidura fallida le da alas para pactar su gobierno y escenificar la soledad de los populares. El perfecto escarnio público de que no hay otra alternativa para una España ‘pacificada’. Que es quien soluciona el rompecabezas de ese país complejo que sólo él tiene en su cabeza. 

Por eso remoloneará dejando que se alimenten las ilusiones de un Feijoó que se afana en apurar sus posibilidades. Aunque el jaque esté preparado. Claro, que si el coste de lo que negocie Sánchez es demasiado alto para los intereses del país, deberíamos ir a nuevas elecciones. Pero me temo que no ocurrirá lo segundo porque nunca sabremos la verdad de la primera parte de la ecuación.

Este es el escenario en el cual el Rey debe componer ‘su’ decisión el Rey. Sin un candidato que se haya presentado Zarzuela con los deberes hechos, lo único que pierde al nominar a Feijoó es tiempo. De no haber aceptado éste la propuesta del Rey, nos veríamos abocados a una paralización institucional similar a las de 2016 o 2019. No parece aconsejable para un país que, además, es la presidencia de turno de la UE. La inexistencia de una primera votación de investidura nos dejaría sin ningún plazo que cumplir; es decir, no estaría transcurriendo ningún plazo para un posible desbloqueo.

Por eso, la decisión del Rey es impecable. Aconsejo a los críticos a no obviar un aspecto clave: el papel del rey será simbólico, pero es garantía de funcionamiento. No de simulacros interesados. 

*Consultor financiero

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