ES LA PRINCIPAL LICITACIÓN DE ESTA DÉCADA EN EL AYUNTAMIENTO POR SU COSTE DE 121 MILLONES

La Comisión Jurídica desestima el recurso de Cáritas por la recogida de residuos en Cáceres

Apela a la «discrecionalidad» de la Administración en la elaboración de los pliegos del concurso y a la justificación motivada con la no división en lotes

Los técnicos del consistorio justificaron la no división, no separando el textil con un contrato reservado a empresas sociales como exige la normativa, en un informe que la comisión avala ahora

No habrá que retrotraer el concurso de la recogida de restos y limpieza viaria, al que sólo opta Valoriza 

Un contenedor de Cáritas en la capital cacereña.

Un contenedor de Cáritas en la capital cacereña. / CARLA GRAW

La Comisión Jurídica de Extremadura se ha pronunciado y ha dictaminado que no hay que retrotraer el concurso de la recogida de basura y limpieza viaria en Cáceres a la redacción de nuevos pliegos, tras el recurso interpuesto por la empresa social de Cáritas Moda re- sobre no incluir un lote separado (como exige la normativa estatal) para la recogida de textil. El propio Ayuntamiento de Cáceres ha publicado dicha resolución, aunque no ha realizado todavía valoraciones al respecto. Y resta por saber aún si la única propuesta, la presentada por Valoriza Servicios Medioambientales, empresa del grupo Sacyr, cumple con los requisitos.

Una sola empresa para un concurso millonario

Este diario recogió a principios del presente mes de julio las dudas sobre el pliego de condiciones que planteaban otras empresas del sector. «No nos hemos presentado porque no hay suficiente dinero para prestar el servicio en las condiciones que se proponen y con los precios del contrato», precisaron a el Periódico Extremadura desde una de las compañías que al final renunció a presentarse. Entre ellas, se encontraban PreZero (compañía alemana que adquirió las empresas del sector de Medio Ambiente de Ferrovial), Sacyr, FCC y la propia Conyser, que dejará de prestar en los próximos meses el servicio municipal de recogida de basura y de limpieza viaria. Es la única compañía que en Cáceres ha tenido la concesión de la gestión de esta prestación pública que mueve al año casi 9 millones de euros. 

Conyser es la única compañía que en Cáceres ha tenido la concesión de la gestión de la recogida de basura y limpieza viaria que mueve al año casi 9 millones de euros

Ajustar cuantías económicas

Incluso el Ayuntamiento de Cáceres se ha llegado a plantear aumentar la cuantía destinada a asegurar este vital servicio municipal en caso de que hubiese que repetir el concurso (algo que, de momento, queda descartado tras el dictamen de la Comisión Jurídica de Extremadura). 

Así lo expresaba el pasado 7 de julio el portavoz del Gobierno local, Ángel Orgaz, quien recordaba que este concurso se inició en la anterior legislatura y avanzaba que, para procedimientos futuros y concursos de servicios municipales, «habrá que ajustar las cuantías económicas y las condiciones a la realidad del mercado y las empresas, para que puedan prestar el servicio y haya cuantos más licitadores mejor», en referencia a la llamativa ausencia de empresas participantes en un concurso tan lucrativo como el que se dirime en este caso.

Resta ahora por conocer si Moda Re- optará por acudir a los tribunales y si la propuesta de Valoriza es viable

Recurso y dictamen

Los pliegos se publicaron el pasado 1 de junio y la base del recurso judicial de Cáritas era que, al menos, el 50% de la recogida de textiles tiene que ir a Empresas de Inserción y/o Centros Especiales de Iniciativa Social; algo que el Ayuntamiento de Cáceres ha obviado en dicho pliego y que «es un imperativo legal», según la nueva Ley de Residuos 7/2022.

La recurrente pedía expresamente, además de impugnar los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas del contrato, la adopción de medida cautelar para «evitar el perjuicio de una posible adjudicación previa a la resolución» judicial. Medidas cautelares que se adoptaron. No obstante, la suspensión no afectó al plazo concedido para la presentación de ofertas por los interesados; que, a la postre, se tradujo en una sola oferta, la de Valoriza.

La Comisión Jurídica se apoya en diversas resoluciones del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (en adelante TACRC) para desestimar el recurso de la cooperativa Moda re-. Así, manifiesta que el informe técnico municipal del jefe de la Inspección de Servicios «contiene válidos y suficientes argumentos demostrados con datos objetivos, no generales, para justificar la no división en lotes en los términos avalados» por el TACRC. 

Aferrándose a otra resolución de ese tribunal, la Comisión Jurídica extremeña invoca la discrecionalidad de la Administración a la hora de configurar el contrato que más le interese: «Corresponde, en definitiva, al órgano de contratación definir el interés público a satisfacer con el contrato, fijar su objeto, así como los requisitos que han de exigirse para su correcta ejecución. La definición del objeto de contrato constituye, por tanto, una facultad discrecional y por ello se insiste en que la pretensión del recurrente no puede sustituir a la voluntad de la Administración en cuanto a la configuración del objeto del contrato y a la manera de alcanzar la satisfacción de los fines que la Administración pretende con él». 

Invoca, además, la comisión regional el Considerando 78 de la Directiva 2014/24/UE, de 24 de febrero, que afirma que «la magnitud y el contenido de los lotes deben ser determinados libremente por el poder adjudicador. El poder adjudicador debe estar obligado a estudiar la conveniencia de dividir los contratos en lotes, sin dejar de gozar de la libertad de decidir de forma autónoma y basándose en las razones que estime oportunas, sin estar sujeto a supervisión administrativa o judicial». Las razones para no considerar dividir el contrato en lotes pueden ser diversas: «riesgo de restringir la competencia, o hacer la ejecución del contrato excesivamente difícil u onerosa desde el punto de vista técnico; o que la necesidad de coordinar a los diferentes contratistas para los diversos lotes podría conllevar gravemente el riesgo de socavar la ejecución adecuada del contrato». Ese «amplio margen de discrecionalidad para determinar el objeto del contrato y su división o no en lotes» del que goza la Administración va acompañado en este caso de explicaciones técnicas que son suficientes para la comisión. 

A saber: «mantener la homogeneidad y la calidad en la prestación de los servicios», la «optimización de los medios humanos y materiales» y la «complejidad que supondría la coordinación del contrato si se ejecutara por una pluralidad de contratistas diferentes, con diferentes interlocutores». 

Duplicidad en costes

Igualmente, la comisión tiene en cuenta lo que estipula el informe municipal acerca de que «de separarse cada fracción (textil, enseres, papel-cartón, RCDs, Pila y baterías,...), en distintos lotes, llevaría a una estructura claramente inoperante y llena de duplicidades en costes de estructura, de maquinaria y de personal, que la harían enormemente gravosa para el ciudadano».

Y también se destaca de ese informe en el dictamen de la comisión que en Cáceres, en la actualidad, el consistorio tiene instalado en la vía pública unos 50 contenedores de ropa usada y calzado que se gestionan a través del contrato de recogida de residuos. Por otro lado, en suelo y/o zonas privadas hay instalados al menos 30 contenedores de gestión privada, a través de empresa de economía social, «quedando a decisión del usuario en qué contenedor quiere depositar estos residuos. Cumpliéndose con la no exclusividad del servicio de recogida de esta fracción por parte de este ayuntamiento».

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